Guía de Residencia y Permanencia en Isla de Pascua: Ley 21.070 Explicada
La Ley 21.070 de Chile, también conocida como la Ley de Residencia y Permanencia en Rapa Nui, regula el ingreso y la estadía tanto de chilenos no residentes como de extranjeros en la Isla de Pascua. Esta legislación tiene como objetivo principal proteger el ecosistema único y la cultura de la Isla de Pascua, limitando la cantidad de tiempo que las personas no residentes pueden permanecer en la isla.
Como llegar a Isla de Pascua
La única aerolínea que opera vuelos directos desde Santiago, Chile, a Isla de Pascua es LATAM Airlines. Los vuelos usualmente duran alrededor de cinco horas y media, ofreciendo a los viajeros la oportunidad de llegar directamente al corazón de la Polinesia.
Requisitos para el Ingreso de Turistas
Conforme a la Ley 21.070, los turistas deben cumplir con varios requisitos específicos para visitar Isla de Pascua:
- Estadía Máxima: Los visitantes pueden permanecer en la isla por un máximo de 30 días.
- Pasaje de Ida y Vuelta: Es obligatorio presentar un pasaje de regreso al momento de ingresar a la isla para asegurar que la estancia sea temporal.
- Completar Formulario Único de Ingreso (FUI). Se presenta en el aeropuerto antes de abordar el vuelo hacia la isla. El formulario puede ser requerido también a la llegada para verificar la información proporcionada.
- Alojamiento Registrado: Los turistas deben tener una reserva confirmada en un establecimiento que esté registrado y aprobado por SERNATUR (Servicio Nacional de Turismo de Chile). Alternativamente, pueden presentar una carta de invitación de un residente de la isla si planean hospedarse en una vivienda privada.
Estos requisitos son fundamentales para garantizar que la visita a Isla de Pascua sea disfrutable y sostenible. Se recomienda a todos los visitantes planificar con anticipación y asegurarse de cumplir con todas las regulaciones antes de su viaje para evitar inconvenientes.
Casos de Habilitacion de Residencia No Turística Según la Ley 21.070
La Ley 21.070 establece regulaciones específicas para quienes desean permanecer en Isla de Pascua por razones distintas al turismo. Este marco legal busca equilibrar la preservación de la cultura y el medio ambiente de Rapa Nui con las necesidades de desarrollo económico y social de la isla. Cada categoría tiene sus propios requisitos y procedimientos, diseñados para asegurar que todas las actividades en la isla sean sostenibles y beneficien tanto a los visitantes como a la comunidad local.
A continuación, detallaremos estos casos, ofreciendo una guía clara sobre cómo navegar las regulaciones y contribuir positivamente a la isla de Rapa Nui.
Requisitos para Trabajadores Temporales
Contrato de Trabajo: Los permisos para trabajadores están vinculados a un contrato de trabajo específico. El empleador debe justificar la necesidad de contratar a alguien que no sea residente de la isla, demostrando que no hay residentes locales disponibles para el trabajo. Mientras el contrato esté vigente, el trabajador puede residir en la isla, y debe abandonar el territorio dentro de los noventa días una vez finalizado el vínculo laboral.
Plazos para Funcionarios Públicos
Los funcionarios públicos, contratados por organismos del Estado, tienen permitido residir en Isla de Pascua mientras mantengan sus funciones. La destinación o comisión de servicio no debe exceder los tres años, salvo que por necesidades del servicio se requiera una extensión mayor. Una vez concluido su servicio, el funcionario debe abandonar el territorio dentro de los treinta días
Inversionistas y Empresarios:
- Actividades Económicas: Los no residentes que deseen iniciar negocios o invertir en la isla necesitan autorización especial. Deben presentar un plan de negocios que sea evaluado por su impacto en la economía local y su sostenibilidad.
- Beneficios para la Comunidad: Los proyectos deben ofrecer beneficios claros para la comunidad local y estar en línea con las políticas de desarrollo sostenible de la isla.
Estudiantes y Científicos:
- Estudios y Investigaciones: La ley contempla la posibilidad de otorgar habilitacion para estudiantes y científicos que deseen realizar investigaciones sobre la cultura Rapa Nui, la biodiversidad o aspectos ambientales de la isla.
- Colaboración con Instituciones Locales: Es favorable que estos proyectos se desarrollen en colaboración con instituciones educativas o de investigación locales para fomentar el intercambio de conocimientos y capacidades.
Casos Humanitarios o de Salud:
En situaciones de fuerza mayor o emergencia de salud, se puede solicitar una prórroga para la permanencia en la isla. Esta prórroga aplica tanto para la persona afectada como para sus acompañantes, si es necesario. En el caso de menores de edad, la prórroga también aplica a sus padres o cuidadores.
Personas con Vínculo con el Pueblo Rapa Nui
Las personas con un vínculo directo con alguien del pueblo Rapa Nui, como el padre, madre, cónyuge, conviviente civil o de hecho, hijos, ascendientes y quienes estén bajo su cuidado personal, pueden residir en la isla sin estar sujetas al límite de los 30 días. Este derecho se mantiene mientras el vínculo permanezca vigente.
Requisitos para la Habilitacion de Residencia No Turística
- Documentación Apropiada: Todos los solicitantes deben proporcionar documentación adecuada que respalde el propósito de su estadía, como contratos de trabajo, propuestas de investigación, o planes de negocios.
- Verificaciones de Antecedentes: Pueden requerirse verificaciones de antecedentes para asegurar que la permanencia de la persona no representa un riesgo para la comunidad local.
La Ley 21.070 es integral y tiene como objetivo primordial proteger los intereses de la comunidad Rapa Nui, preservar su cultura única y garantizar la sostenibilidad de sus recursos naturales y económicos.